ADUANA

Organismo responsable de aplicación de la legislación aduanera y control de la recaudación de los derechos de aduana y demás tributos.

AGENTE DE ADUANAS

Persona jurídica encargada de la tramitación documentaria aduanera.

AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL

También «Transportista». El que realiza y recibe embarques, consolida y desconsolida carga y actúa como operador de transporte multimodal.

AGENTE DE TRASNPORTE ADUANERO

A los efectos del Código Aduanero (Ley 22.415), son las personas de existencia visible o ideal que, en representación de los transportistas tienen a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante el servicio aduanero.

AFORO

Evaluación de una mercancía por las autoridades aduaneras a los fines de pago de los derechos de aduana. Puede ser físico (inspección de los bienes in situ) o bien documental (inspección sobre los documentos).

ARANCEL

Impuesto que paga el importador al introducir productos en un mercado. Ver Derechos de Aduana.

ARANCEL EXTERNO COMÚN

Etapa temprana en el proceso de integración comercial entre determinado grupo de países, por lo cual se contempla un uniforme de protección arancelaria en favor de la producción de dichos países, frente a la importación de productos no originarios de los mismos.

ARBITRAJE

Compra de un bien en un mercado para venderlo en otro, aprovechando las diferencias de los precios. Comúnmente se aplica a la compra venta de divisas y otros valores financieros.

ARRENDAMIENTO FINANCIERO (LEASING)

Alquiler de bienes físicos, especialmente bienes de capital, que realizan algunas instituciones financieras y que dan la opción de compra mediante la capitalización de las cuotas de alquiler pagadas.

AVERIA GRUESA

Cuando se ha hecho intencionada y razonablemente un daño o sacrificio de la mercancía con el objetivo de preservar un buque o las otras mercancías.

AWB

Airway Bill. Carta de Porte Aéreo. Conocimiento de embarque para vía aérea.

BAF (Bunker Adjustment Factor)

Factor de Ajuste de Combustible. Influye en el cálculo del flete.

BILL OF LADING

Manifiesto de Carga o Conocimiento de Embarque Ver también CIM, CMR y CTBL. Equivale a la Carta de Portes en vía terrestre; para vía aérea es AWB. Es un recibo dado al embarcador por las mercancías entregadas. Demuestra la existencia de un contrato de transporte marítimo y otorga derechos sobre la mercancía.

BL A LA ORDEN (To the Order)

Cuando un BL es a la orden, el propietario de la mercancía (el poseedor del BL), puede convertirlo: en nominativo (mediante endoso), ponerlo a la orden de otra firma o dejarlo con el endoso firmado en blanco. Son los más utilizados.

BL AL PORTADOR (To the bearer)

El poseedor del documento es el propietario de la mercancía.

BL HOUSE

Cuando el BL lo emite un transitorio. Es un documento no negociable, que no da derechos sobre la mercancía.

BL NOMINATIVO

Son extendidos a nombre de una persona determinada, que podrá hacerse cargo de la mercancía previa identificación y presentación de uno de los BL originales. No admiten endoso.

CARGA CONSOLIDADA

Agrupamiento de mercancías pertenecientes a varios consignatarios, reunidas para ser transportadas en contenedores similares, siempre que estén amparadas por un mismo documento de transporte.

CARICOM

Comunidad y Mercado Común del Caribe. Desde 1973. Principalmente países anglófonos: Antigua- Barbuda, Bahamas, Belice, Dominica, Granada, Montserrat, Sta Lucía, San Vicente y las Granadinas, St. Kitts y Nevis.

CARRIER

Transportista

CEE

Comunidad Económica Europea. Hoy Unión Europea.

CEI

Comunidad de Estados Independientes. Desde 1991. Miembros: Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Azerbayán, Georgia, Armenia, Kazajastán, Turkmenistán y Tayikistán.

CERTIFICADO DE ANÁLISIS

Documento que certifica que la naturaleza, composición, grado, etc. de la mercancía corresponde a la calidad contratada.

CERTIFICADO DE DEPOSITO

Se exige en los casos en que la existencia de depósito previo obligue a haberlo realizado antes de despachar la mercancía.

CERTIFICADO DE INSPECCION DE PRE-EMBARQUE

Certificado que indica que las mercancías han sido examinadas y encontradas conformes con la mencionada en un contrato o una proforma. Lo realizan compañías especializadas. SGS, Bureau Veritas, Lloyds, etc. Generalmente se inspecciona el 10% más esto depende de cada país en particular.

CERTIFICADO DE ORIGEN

Documento que identifica las mercancías expedidas y declara expresamente dónde se fabricó la mercancía. En Argentina, como en otros países lo proporcionan las Cámaras de Comercio.

CERTIFICADO DE PESO

Es un documento en el que se hace constar el peso de la mercancía (neto y bruto) bulto por bulto.

CERTIFICADO DE SANIDAD

Documento que certifica que la mercancía ha sido examinada y se encuentra en perfectas condiciones para el consumo humano.

CERTIFICADO DE SEGURO

Documento que prueba que se ha contratado el seguro de una expedición concreta.

CFR

Incoterm. Coste y Flete.

CIF

Incoterm. Coste, seguro y flete (antes C&F).

CIP

Incoterm. Flete y seguro pagados.

CLAUSULA ROJA
Permite al exportador disponer total o parcialmente del importe del crédito antes de presentar los documentos en él requeridos y aún antes de expedir la mercancía. Es una financiación del importador al exportador.
CLAUSULA DE EXCLUSION DE INNAVEGABILIDAD E INADAPTABILIDAD

La cobertura no se concede en casos de innavegabilidad del buque o embarcación y de adaptabilidad de los anteriores del medio de transporte (que puede ser terrestre ), contenedor o furgón, para transportar con seguridad el interés asegurado, salvo cuando el asegurado o sus empleados no hayan sido conocedores de tal innavegabilidad o inadaptabilidad en el momento en que el interés asegurado fue cargado en ellos. Si el asegurado o sus empleados fueran conocedores de tales condiciones después de su carga no perdería este Asegurado su derecho al reclamo . El conocimiento de los agentes del asegurado no de sus empleados en el momento de la carga, igualmente no perjudicará los derechos del asegurado.

COLLECT SURCHARGE

Recargo por cobro del flete en destino.

DECOMISO

Sanción que consiste en la privación definitiva de la propiedad de las mercancías.

COMMODITY

Mercancía cuyo precio es fijado por la demanda y oferta internacional. Por lo general son materias primas como productos agrícolas y mineros.

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

Bill of Loading.

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

Documento de consignación de flete aéreo rellenado por el expedidor o en su nombre. AWB. Da título sobre las mercancías.

CONSIGNATARIO

Persona natural o jurídica a cuyo nombre viene manifestada la mercancía o que la adquiere por endoso.

CONSOLIDACION

Sistema de expedición de diversos paquetes de diferentes consignadores bajo un agente a un destino común. También «Grupaje».

CONTROL ADUANERO

Conjunto de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que la aduana está encargada de aplicar.

CPT

Incoterm. Flete pagado hasta. (antes DCP). Por parte del ordenante del crédito Stand-by.

CS

Congestion Surcharge.

CHARTER PARTY

Si un exportador contrata un buque tramping el documento emitido es el BL Charter Party. No está regido por los mismos criterios que un BL normal. Se rigen por el artículo.

DAF

Incoterm. Franco Frontera

DDP

Incoterm. Entregado con derechos pagados.

DDU

Incoterm. Entregado sin pagar derechos.

DECLARACION DE ADUANAS

Es el documento presentado por el importador (o su agente o transitario) para el despacho de las mercancías, con el fin de que aquél pase a hacerse cargo de las mismas.

DECLARACION DE MERCANCÍAS

Acto efectuado en la forma prescrita por el cual se indica el régimen aduanero a aplicar.

DEPOSITO ADUANERO

Son unos recintos, bajo el control de la Aduana en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo cuando un importador no sabe cual será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones que en las Zonas Francas. El máximo tiempo que una mercancía puede estar en un Depósito Aduanero es de cinco años. Pueden ser privados o públicos.

DEPOSITO FISCAL

Local abierto o cerrado destinado a la colocación temporal de mercancías mientras se solicita su despacho. Su gestión puede estar a cargo de aduanas, de otras dependencias públicas o de privados.

DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PRIVADO

Local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.

DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PUBLICO

Local destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.

DEPOSITO FRANCO

Local cerrado, señalados en el territorio nacional ya autorizados por el Estado, en los que se considera que las mercancías no están en territorio aduanero.

DESPACHANTE DE ADUANA

Persona de existencia visible que, en las condiciones previstas en el Código Aduanero (Ley 22.415), realizan en nombre de otros (YPF S.A.) ante el servicio aduanero trámites y diligencias relativos a la importación, la exportación y demás operaciones aduaneras.

DEQ

Incoterm. Entregado junto al muelle. (antes EXQ).

DERECHOS DE ADUANA O ARANACELARIOS

Impuestos establecidos en el Arancel de Aduanas a las mercancías que entren en territorio aduanero. Arancel.

DES

Incoterm. Entregado junto al barco (antes EXS).

DESPACHO

Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes operaciones o destinos aduaneros.

DESTINACION ADUANERA

Manifestación de voluntad del dueño, consignatario o remitente de la mercancía que, expresada mediante la declaración, indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera.

DRAW BACK

Restitución de derechos arancelarios que gravan la importación de bienes. Este beneficios está sujeto a ciertas regulación legales propias de cada país.

ECU European Currency Unit
Unidad de Cuenta Europea, substituida por el Euro.

ELS (Extra Lenght Surcharge)
Recargo por longitud en el flete.

EMBARCADOR
Entidad responsable del transporte de la mercancía desde el puerto de origen hasta el de destino en una operación de importación o exportación.

ESTIBA
Operación de carga que contempla el manipuleo de la mercadería hasta el medio de transporte.

EURO
Moneda única europea. Ver ECU.

EWS Extra Weight Surcharge
Recargo por sobre peso en la contratación del flete.

EXPORTACIÓN
Régimen aduanero que permite la salida legal de bienes y servicios de origen nacional.

EXPORTACIÓN DEFINITIVA
La destinación de exportación para consumo es aquella en virtud de la cual la mercadería exportada puede permanecer por tiempo indeterminado fuera del territorio aduanero. Para las operaciones de LOCE, normalmente se trata de muestras de productos o de excedentes.

EXPORTACIÓN TEMPORAL
La destinación de Exportación Temporaria es aquella en virtud de la cual la mercadería exportada puede permanecer con una finalidad y por un plazo determinado fuera del territorio aduanero, quedando sometida, desde el mismo momento de su exportación, a la obligación de reimportarla para consumo con anterioridad al vencimiento del mencionado plazo. (por ejemplo: catalizadores para su regeneración).

ENVASE
Es el material o recipiente destinado a envolver y proteger un producto, desde que sale de línea de producción hasta que llega a manos del consumidor.

EMBALAJE
Es el material o recipiente destinado a envolver o contener temporalmente envasados o no, durante su manipulación, transporte y almacenaje.

EMPAQUE
Es la ciencia, arte y tecnología de acondicionar los productos Para su almacenamiento , transporte, distribución y venta al costo óptimo asegurando que lleguen a su destino en buenas condiciones e incluye al envase ,embalaje, materiales complementarias y el sistema de envasado o embalado.

EXENCIÓN:
Procedimiento administrativo por el cual las mercaderías necesarias para la realización de algunos proyectos pueden estar exentas del pago de gravámenes de importación.

FACTURA PROFORMA
Es una prefactura entregada por el exportador al importador, con el objetivo de dar a conocer al importador con exactitud el precio que pagará por las mercancías y la forma de pago.
FCL
Contenedor de carga llena. Full Container Load. Incluye costos de estiba y desestiba.

FCLA (Full Container Load Allowance)
Rebaja en el flete por uso de container completo.

FEDER
Fondos Europeos para el Desarrollo regional.

FEDER VESSEL
Buques alimentadores.

FILO. Free in Liner Out
Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la desestiba en destino.

FIOS
Free in and out stowed. Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía. El flete sólo cubre el transporte marítimo.

FLETE
Coste del transporte de la mercancía. (Freight)

FCL
Contenedor de carga llena. Full Container Load

FOB
Incoterm. Franco a Bordo.

FORMA A
CERTIFICADO DE ORIGEN DEL SGP (Sistema Generalizado de Preferencias). Es un documento de importación. Demuestra el trato preferencial otorgado a los países en vías de desarrollo.

FPA
Free of Particular Average. Franco de Avería Particular. Esta cláusula protege a las mercancías contra pérdida, daños totales y averías gruesas.

FRA
Forward Rate Agreement. Es un acuerdo entre dos partes sobre el tipo de interés a aplicar en un depósito en una fecha futura.

FRANQUICIA
En términos aduaneros es la exención total o parcial del pago de tributos, dispuesta por ley. En términos comerciales cesión de derecho de uso de una marca o registro patentado de acuerdo a estándares internacionales.

FUERZA MAYOR
Una cláusula que limita las responsabilidades de los proveedores y transportistas bajo ciertas circunstancias. Ej: Desastres naturales, guerras, etcétera.

GARANTIA
Obligación que se contrae, a satisfacción de aduanas, con el objeto de asegurar el pago de derechos de aduana y demás impuestos o el cumplimiento de otras obligaciones adquiridas con ella.

GASTOS FOB
Gastos de recepción, arrastre y carga de una mercancía desde que se recibe en el puerto hasta que se carga a bordo.

GATT
Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio.

HAWB
House Air Waybill. Es el AWB emitido por un transitario en lugar de una compañía aérea regular.

IATA
Asociación de Transporte Aéreo Internacional.

INCOTERMS
Términos de Comercio Internacional. Son las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales fijados por la Cámara de Comercio Internacional. Su objetivo es establecer criterios definidos sobre la distribución de gastos y transmisión de riesgos, entre exportador e importador. Hay 13 términos: EXW, FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT, CIP, DES, DEQ, DAF, DDP, DDU Los Incoterms regulan : la entrega de mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de los costes, los trámites de documentos. Pero no regulan: la forma de pago ni la legislación aplicable.

IMPORTACION
Régimen aduanero que permite el ingreso legal a consumo de un bien o servicio de origen extranjero.

IMPORTACION DEFINITIVA
La destinación de importación para consumo es aquella en virtud de la cual la mercadería importada puede permanecer por tiempo indeterminado dentro del territorio aduanero.

IMPORTACIÓN TEMPORAL
La destinación de Importación Temporaria es aquella en virtud de la cual la mercadería importada puede permanecer con una finalidad y por un plazo determinado dentro del territorio aduanero, quedando sometida, desde el mismo momento de su libramiento, a la obligación de reexportarla para consumo con anterioridad al vencimiento del mencionado plazo.

IMPORTACIÓN PARA CONSUMO
Libre disposición de las mercancías nacionalizadas con el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.

INTERMODAL, TRANSPORTE
Acarreo por varios medios de transporte (aéreo, marítimo, carretera o ferroviario). ( = Transporte Multimodal).

IVA
Impuesto sobre el valor agregado.

ISO
Norma de estandarización internacional.

LCL
Contenedor de Carga menos llena. Sólo contempla carga en buque, no contempla servicios de estiba ni desestiba.

LICENCIA DE EXPORTACIÓN
En los países que se necesita, documento que concede permiso para exportar mercancías especificadas dentro de un plazo concreto.

LICENCIA DE IMPORTACIÓN
En los países que se necesita, es la autorización oficial que permite la entrada de las mercancías en el país del importador. Si las mercancías no están sometidas a restricciones aduaneras se expiden automáticamente.

LIFO
Liner in Free out. Cláusula contratación flete. La totalidad de las operaciones portuarias son por cuenta de la mercancía, excepto la estiba en destino. El flete sólo cubre el transporte marítimo.

LINER TERMS
Términos de línea. Cuando el buque es de servicio regular.

LOADED ON BOARD
Indica que la mercancía ha sido cargada a bordo.

MANIFIESTO
La lista de carga de un barco.

MANIFIESTO DE CARGA
Bill of Loading.

MAQUILA
Proceso por el cual ingresan mercancías al país con objeto de sólo se incorpore valor agregado correspondiente a la mano de obra.

MATE´S RECEIPT
Es un documento firmado por el capitán del buque acusando recibo de la mercancía a bordo. En base a este documento, las navieras extienden el BL.

MERCANCIA
Bien que puede ser objeto de regímenes, operaciones y destinos aduaneros.

MERCOSUR
Mercado Común de América del Sur. Desde 1991. Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay.

MUESTRA
Aquella mercancía que únicamente tiene por finalidad demostrar sus características y que carece de valor comercial por sí misma.

NOTA DE CONSIGNACIÓN
Documento que declara las condiciones bajo las que se transportan las mercancías.

OMC
Organización Mundial del Comercio. Sustituye al GATT.

ONU
Naciones Unidas.

OPERADOR LOGÍSTICO
Empresa privada que presta servicios logísticos tanto para operaciones de importación como de exportación.

OTM
Operador de Transporte Multimodal.

OUTSIDERS
Buques que no pertenecen a una Conferencia Marítima.

PACKING LIST
Es una lista en que se especifica el contenido de cada bulto de una operación de exportación.

PALLET
Plataforma constituida por dos pisos unidos por largueros. Medidas: Universal= 1200 x 1000 mm Europalet=1200 x 800 mm. Altura máxima = aprox. 1,70 m.

POLIZA DE SEGURO
Es el documento que recoge las condiciones en que se aseguran las mercancías. Pueden ser nominativas o a la orden.

POLIZA FLOTANTE
La póliza flotante descubre el seguro en términos generales y deja el nombre del buque y otros datos particulares para ser precisados en declaraciones subsiguientes. Mediante la póliza flotante es que en el caso de una declaración errónea u omisión, la declaración puede ser modificada aún después de la llegada de las mercancías o de su pérdida.

POSICION ARANCELARIA
Permite incorporar la posición arancelaria del producto o servicio. Utiliza el sistema internacional de 6 cifras. El código internacional de 6 dígitos en distintos países se agregan entre 4 y 6 adicionales para una mejor especificación del producto o servicio.

PROTESTA DE MAR
Puede ser por averías, naufragio, abordaje o incumplimiento de la presentación de la carga.

PROVISIONES DE A BORDO
También Rancho. Mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación a bordo de los medios de transporte de tráfico internacional, ya sea para ser objeto de venta o no; las necesarias para el funcionamiento, el aprovisionamiento y mantenimiento de los mismos medios, incluyendo combustibles, carburantes y lubricantes, pero excluyendo las piezas de recambio y de equipo, que se encuentren a bordo a la llegada o se embarquen durante su permanencia en el territorio aduanero; así como las mercancías para su venta a los pasajeros y miembros de la tripulación para desembarcarlas.

PUERTO FRANCO
Es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías.

RANCHO
Ver Provisiones de a bordo.

RECINTO ESPECIAL
Área que pertenece al Almacén Aduanero, destinado a la conservación de mercancías peligrosas en los que se deberán de observar las medidas de seguridad necesarias.

ROLL ON ROLL OFF
Buques para transporte de carga rodada.

RUPTURA DE CARGA
Breaking Bull. Es la descomposición total o parcial del container en sus elementos para proceder a su almacenaje o transporte al receptor de la carga.

SDT
Declaración de cargadores para el transporte de mercancías peligrosas.

SGP
Sistema Generalizado de Preferencias.

SOBRESTADÍA
El dinero pagado por el exportador por los retrasos en la carga, descarga o por ocupar espacio en un puerto o almacén más allá de un plazo especificado.

SPREAD
Diferencial. Diferencia entre tasa de interés tomadora y prestadora.

SWIFT
Society for Worldwide Interbank Financial Telecomunication. Mensajes de intercambio electrónico de datos entre bancos.

TIPO DE CAMBIO
El precio de una divisa con relación a otra.

TONELADA CORTA
Short Ton = 2000 libras = 907,18 Kg.

TONELADA LARGA
Long Ton = 2240 libras = 1016,16 Kg.

TONELADA MÉTRICA
Metric Ton = 2204 libras =1000 Kg.

TONELAJE DE PESO MUERTO
Incluye el peso de la carga y de los consumibles de un buque.

TRANSBORDO
El proceso de transferir la carga de un medio de transporte a otro.

TRANSITARIO
La parte responsable de organizar la exportación o importación de la carga. Ver Agente de Carga Internacional.

UE
Unión Europea (ver).

UN
Naciones Unidas.

UNCTAD
Conferencia sobre Comercio y Desarrollo de Naciones Unidas.

UNION EUROPEA
Integrada por quince países, Irlanda, Gran Bretaña, Francia, España, Portugal, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Dinamarca, Suecia, Austria, Grecia, Finlandia e Italia. Es el acuerdo de integración más avanzado del mundo. Así, dispone de bandera (doce estrellas en círculo amarillas sobre fondo azul) e himno propios. Cuenta también con representación de los ciudadanos en forma de Parlamento Europeo, disponiendo también de poderes ejecutivo y judicial.

VALOR EN ADUANA
Para calcular los derechos Aduaneros que hay que aplicar, la Aduana define el concepto de Valor en Aduana, que es el de la mercancía más todos los gastos (seguro, transporte, etc.) que se hayan producido hasta el momento de pasar la aduana. Sobre este valor en aduana, se aplicará el tipo de arancel a que esté sometida la mercancía. El arancel a aplicar depende de la mercancía y el país de origen. Al resultado de aplicar el arancel al valor en aduana, se aplica el IVA correspondiente. Este valor es el Valor de la Mercancía.

ZONA FRANCA
Un enclave nacional creado por las autoridades competentes de cada Estado con el fin de considerar las mercancías que allí se encuentren como si no estuvieran en territorio nacional para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro impuesto. En las Zonas Francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de origen o de destino. Se pueden cargar y descargar, transbordar, almacenar, y manipular mercancías. En casi todos los países del mundo existen zonas francas. Las Zonas Francas ofrecen ventajas fiscales como suspensión de derechos aduaneros, IVA e impuestos especiales, no se aplican restricciones cuantitativas o cualitativas, etc.

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